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Perfil del Dr. Óscar González
Jurisprudencia destacada

Sentencias que marcaron el rumbo del Derecho costarricense

Selección de fallos redactados por el Dr. Óscar Eduardo González Camacho durante su gestión como Magistrado de la Sala Primera (2002–2014). Cada sentencia con pasajes literales verificados, análisis doctrinal y enlace a su texto íntegro en Nexus.

Cada ficha lleva el estado de su criterio, comprobado contra los fallos posteriores que la citan. Recogida en la ley cuando el legislador convirtió la regla en norma escrita; criterio vigente cuando ningún fallo posterior de la Sala la modificó; criterio matizado cuando le fijaron un límite, y criterio variado cuando lo cambiaron. En los dos últimos casos la ficha nombra el voto y el año.

Recogida en la ley26 Nov 2004

Fundamento constitucional de la indexación

Indexación de obligaciones dinerarias

«Luego de una profunda y concienzuda reflexión, se llega al convencimiento de que el referido instituto (indexación no convencional), sí cabe en determinados supuestos obligacionales en que la parte con derecho así lo requiera, todo ello por aplicación directa de la Constitución Política.»

Resolución N° 1016-F-2004
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Criterio vigente11 Ago 2005

Responsabilidad del Estado por inactividad material

Responsabilidad patrimonial de la Administración

«De ahí que, ha de afirmarse de manera contundente (con fundamento y de acuerdo con lo dicho en considerandos anteriores) que la Administración Pública también es responsable por los daños y perjuicios ocasionados con su inactividad administrativa.»

Resolución N° 584-F-2005
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Criterio vigente26 Set 2008

Indemnización por prisión preventiva del absuelto

Responsabilidad del Estado por la función jurisdiccional

«Sin embargo, en criterio de esta Sala, esa ausencia legislativa no podría sustentar un principio de irresponsabilidad del Estado en su función jurisdiccional. Ya se ha señalado que dicha responsabilidad deriva del mismo marco del Derecho de la Constitución, como contrapeso relevante en las relaciones del Estado con las personas y como factor de alta trascendencia en la ecuación del Estado de Derecho.»

Resolución N° 654-F-S1-2008
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Recogida en la ley26 Mar 2009

Responsabilidad objetiva en la banca por internet

Responsabilidad bancaria por fraude electrónico

«Al fin y al cabo, los bancos, sin que el demandado sea la excepción, custodian y administran, entre otros, un bien ajeno; y no cualquier bien, sino fondos del público. Así las cosas, no solo responde por la fortaleza de sus sistemas internos, sino también por la seguridad de quien, para llegar allí, utiliza los únicos canales posibles que el propio Banco conoce y reconoce como riesgosos.»

Resolución N° 300-F-S1-2009
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Criterio variado11 Nov 2010

Legitimación pasiva del órgano con personalidad instrumental

Personalidad jurídica instrumental

«Así las cosas, si en sede jurisdiccional se determina que la conducta administrativa objeto de impugnación proviene del ejercicio de una competencia exclusiva del órgano al cual se le otorgó personalidad propia (aunque sea instrumental) para tales efectos, resulta impropio extender la imputación al ente público, mayor o menor, al que se encuentra adscrito.»

Resolución N° 1360-F-S1-2010
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Criterio matizado20 Ene 2011

Caducidad en los procedimientos iniciados de oficio

Caducidad del procedimiento administrativo

«Así, a pesar de que el ordinal 340 no regula la caducidad para los procedimientos iniciados de oficio por la Administración, sus postulados básicos son aplicables, mutatis mutandi, a estos, por integración del ordenamiento.»

Resolución N° 34-F-S1-2011
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Criterio vigente23 Oct 2012

Delimitación del acto de efectos continuados

Caducidad de la acción y actos de efectos continuados

«Ahora bien, las distintas consecuencias que se puedan derivar de ello, como la pretendida imposibilidad de acceder a estudios de postgrado, o bien, eventuales ingresos adicionales, no constituyen efectos jurídicos y directos dispuestos por el acto administrativo que resolvió la gestión del petente, sino, que derivan, precisamente, de esa consolidación del estatus académico otorgado como una repercusión consecuencial, secundaria y permanente en el tiempo, pero no de incidencia repetida.»

Resolución N° 1426-F-S1-2012
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Selección en preparación. Próximamente se publicarán más sentencias verificadas.