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Gobierno Digital, Inteligencia Artificial y Protección de Datos

Regulación de IA en la administración pública, cumplimiento de PRODHAB y transparencia algorítmica

Consulta Urgente

¿Su institución usa algoritmos para decidir, o la PRODHAB le abrió un procedimiento por datos?

El Estado costarricense ya decide con software: scoring, perfilado, automatización de trámites y, cada vez más, inteligencia artificial. Pero a 2026 Costa Rica NO tiene una ley específica de IA: la materia se rige por la protección de datos (Ley N.° 8968 y su Reglamento, Decreto Ejecutivo N.° 37554-JP), la firma y los documentos electrónicos (Ley N.° 8454), el régimen de Gobierno Digital (Ley N.° 9943) y los principios del derecho administrativo —legalidad, debido proceso y motivación—. Eso convierte cada decisión algorítmica en un terreno jurídicamente delicado. Corporación GC, dirigida por el Dr. Óscar González Camacho, ex-Magistrado de la Sala Primera y co-redactor del CPCA (Ley N.° 8508), asesora a instituciones y empresas sobre gobernanza de datos, transparencia algorítmica y defensa ante la PRODHAB.

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¿Cuándo necesita asesoría en datos, IA y gobierno digital?

Si su situación corresponde a alguno de estos escenarios, el tiempo es crítico.

  • La PRODHAB le notificó una denuncia o inició un procedimiento por tratamiento indebido de datos personales
  • Su institución va a automatizar decisiones (perfilado, scoring o IA) que afectan derechos de las personas y necesita blindar la motivación
  • Recibió un requerimiento de acceso, rectificación o cancelación de datos (autodeterminación informativa) y no sabe cómo responder en plazo
  • Va a contratar una solución de IA o software con un proveedor y debe regular tratamiento de datos, transferencias y responsabilidades en el cartel y el contrato
  • Necesita inscribir o actualizar bases de datos ante la PRODHAB o diseñar protocolos de actuación y consentimiento informado
  • Una decisión administrativa basada en un algoritmo o sistema automatizado le perjudicó y carece de motivación o debido proceso
  • Su empresa debe alinearse con el estándar europeo (RGPD) ante el proyecto de reforma integral a la Ley N.° 8968 (Expediente N.° 23.097) o con los proyectos de IA en trámite (Expedientes N.° 23.771, 23.919 y 24.484)

Qué hace Corporación GC en estos casos

Acompañamos su caso en cada etapa, con el rigor técnico que exige la materia.

Defensa ante la PRODHAB en procedimientos sancionatorios

Representamos a responsables y encargados de tratamiento ante la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (PRODHAB) —órgano de desconcentración máxima adscrito al Ministerio de Justicia y Paz, creado por la Ley N.° 8968— en denuncias, inspecciones y procedimientos por violación al derecho de autodeterminación informativa (art. 4 Ley N.° 8968). Construimos la defensa técnica y, agotada la vía administrativa, impugnamos las resoluciones en sede contencioso-administrativa.

Cumplimiento y gobernanza de datos personales (Ley N.° 8968)

Diseñamos programas de cumplimiento conforme a la Ley N.° 8968 y su Reglamento (Decreto Ejecutivo N.° 37554-JP): protocolos de actuación, consentimiento informado, base de legitimación del tratamiento, manejo de datos sensibles, inscripción de bases de datos ante la PRODHAB y atención de los derechos de acceso, rectificación y cancelación dentro de los plazos de ley.

Gobernanza algorítmica y transparencia en decisiones automatizadas

Como en Costa Rica no existe a 2026 una ley específica de IA, anclamos el uso de algoritmos en el sector público a los principios realmente vigentes: legalidad y reserva de ley (art. 11 Constitución Política y art. 11 LGAP), debido proceso (art. 39 CP) y deber de motivación del acto administrativo. Diseñamos marcos que documenten la lógica de la decisión, la trazabilidad de los datos y la posibilidad de revisión humana, alineados además con la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial 2024-2027 (ENIA) del MICITT.

Firma digital, documentos y trámites electrónicos (Ley N.° 8454)

Asesoramos en la validez y eficacia jurídica de documentos electrónicos, firma digital certificada y notificaciones electrónicas conforme a la Ley N.° 8454, de modo que los actos y contratos electrónicos —públicos y privados— surtan plenos efectos y resistan una eventual impugnación.

Datos e IA en contratación pública y convenios tecnológicos

Revisamos y redactamos las cláusulas de tratamiento de datos, ciberseguridad, propiedad de los modelos, transferencias internacionales y responsabilidad en carteles, contratos y convenios para adquirir software, servicios en la nube o soluciones de IA, articulando la normativa de datos con el régimen de contratación administrativa y de Gobierno Digital (Ley N.° 9943).

Litigio constitucional y contencioso por decisiones algorítmicas

Impugnamos por la vía de amparo ante la Sala Constitucional o por la vía contencioso-administrativa las decisiones automatizadas o tratamientos de datos que vulneren la intimidad, la autodeterminación informativa o el debido proceso, y reclamamos la responsabilidad patrimonial de la Administración cuando corresponda.

Preguntas prácticas

¿Existe en Costa Rica una ley de inteligencia artificial?

No. A 2026 Costa Rica no cuenta con una ley específica que regule la inteligencia artificial. Lo que existe son tres proyectos de ley en trámite en la Asamblea Legislativa (Expedientes N.° 23.771, 23.919 y 24.484) y una política pública: la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial 2024-2027 (ENIA), presentada por el MICITT en octubre de 2024, que no es una ley sino un instrumento de planificación. Mientras tanto, el uso de IA se rige por el marco realmente vigente: la protección de datos (Ley N.° 8968), la firma y los documentos electrónicos (Ley N.° 8454), el Gobierno Digital (Ley N.° 9943) y los principios del derecho administrativo. Desconfíe de quien le cite una 'Ley de IA' costarricense: no existe.

¿Qué es la PRODHAB y cuándo puede sancionarme?

La Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (PRODHAB) es el órgano —de desconcentración máxima adscrito al Ministerio de Justicia y Paz— creado por la Ley N.° 8968 para velar por el derecho de autodeterminación informativa de las personas (art. 4). Fiscaliza el tratamiento de datos en bases automatizadas o manuales, públicas y privadas, conoce denuncias y puede imponer sanciones administrativas y económicas a los responsables que incumplan la ley o su Reglamento (Decreto Ejecutivo N.° 37554-JP). Si recibe una notificación de la PRODHAB, conviene actuar de inmediato: el procedimiento tiene fases y plazos, y una defensa temprana mejora el resultado.

¿Puede una institución pública decidir mi caso con un algoritmo o IA?

Puede apoyarse en herramientas automatizadas, pero la decisión sigue siendo un acto administrativo y debe cumplir los mismos requisitos que cualquier otro: estar habilitada por norma (principio de legalidad, art. 11 de la Constitución Política y art. 11 de la Ley General de la Administración Pública), respetar el debido proceso (art. 39 CP) y estar debidamente motivada. Un acto que se limite a invocar el resultado de un algoritmo, sin explicar la lógica ni permitir defensa, es impugnable. Por eso recomendamos a las instituciones documentar la trazabilidad de los datos y prever la revisión humana de las decisiones.

¿Qué derechos tengo sobre mis datos personales?

La Ley N.° 8968 reconoce el derecho a la autodeterminación informativa (art. 4), que comprende los derechos de acceso, rectificación y cancelación: usted puede saber qué datos suyos tiene una entidad, de dónde los obtuvo y para qué los usa, y exigir que se corrijan o eliminen cuando proceda. El tratamiento de datos sensibles tiene protección reforzada. Si una entidad ignora su solicitud o trata sus datos sin base legítima, puede acudir a la PRODHAB y, según el caso, a la vía de amparo ante la Sala Constitucional.

¿Tienen valor legal los documentos firmados digitalmente y los trámites electrónicos?

Sí. La Ley N.° 8454, de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, establece que los documentos electrónicos y la firma digital certificada tienen eficacia jurídica y se equiparan, en términos generales, a sus equivalentes físicos, tanto en el ámbito privado como en la actuación del Estado y los entes públicos. Lo decisivo es que se cumplan los requisitos técnicos y de certificación: por eso revisamos que sus actos y contratos electrónicos estén bien constituidos y resistan una eventual impugnación.

¿Cómo debe regularse el tratamiento de datos cuando se contrata software o IA con un proveedor?

El cartel y el contrato deben definir con claridad quién es responsable y quién encargado del tratamiento, las finalidades autorizadas, las medidas de seguridad, el régimen de transferencias —especialmente las internacionales o hacia la nube— y las responsabilidades por incidentes, todo conforme a la Ley N.° 8968 y su Reglamento (Decreto Ejecutivo N.° 37554-JP). En el sector público, esto se articula además con la normativa de contratación administrativa y con el régimen de Gobierno Digital (Ley N.° 9943). Una cláusula bien redactada le evita asumir, por omisión, responsabilidades del proveedor.

¿Su situación es urgente? Escríbanos por WhatsApp para coordinar una evaluación inmediata.

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Análisis Jurídico Detallado

La transformación digital del Estado costarricense y la implementación de inteligencia artificial en la administración pública plantean desafíos jurídicos sin precedentes en materia de legalidad, debido proceso y protección de datos personales. La Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial 2024-2027 (ENIA), lanzada en octubre 2024 como la primera de su tipo en Centroamérica, junto con tres proyectos de ley de IA en trámite legislativo, configuran un marco regulatorio emergente que requiere asesoría jurídica especializada.

Corporación GC es la única firma en Costa Rica que combina experiencia profunda en derecho administrativo constitucional con especialización en gobernanza de IA, transparencia algorítmica y cumplimiento de protección de datos en el sector público.

Protección de datos personales ante PRODHAB

Ley N.° 8968; Decreto N.° 37554-JP

La Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales (Ley N.° 8968, 2011) y su Reglamento (Decreto N.° 37554-JP) establecen las obligaciones de las instituciones públicas y empresas privadas que tratan datos personales. La PRODHAB (Agencia de Protección de Datos de los Habitantes) es la autoridad de enforcement con potestad sancionatoria.

Asesoramos en el registro de bases de datos ante PRODHAB, la implementación de protocolos de consentimiento informado, la gestión de derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición), y la defensa en procedimientos sancionatorios por incumplimiento. También asesoramos sobre el Proyecto N.° 23.097 que busca alinear la Ley N.° 8968 con el estándar RGPD europeo.

Gobernanza de IA en la administración pública

ENIA 2024-2027; Exps. 23.771, 23.919, 24.484

La ENIA contempla la implementación de IA en más de 78 instituciones públicas, con más de 400 aplicaciones proyectadas por programa de capacitación. Tres proyectos de ley regulan distintos aspectos: el Expediente N.° 23.771 (regulación general de IA), el Expediente N.° 23.919 (promoción responsable de IA con la Comisión Interinstitucional CIDIA), y el Expediente N.° 24.484 (enfoque basado en riesgo similar al EU AI Act).

Asesoramos a instituciones públicas en el diseño de marcos de gobernanza algorítmica que cumplan con los principios de legalidad (art. 11 CP), debido proceso (art. 39 CP), motivación del acto administrativo (art. 136 LGAP) y rendición de cuentas (art. 11 LGAP), asegurando que las decisiones administrativas automatizadas sean impugnables y transparentes.

Impugnación de decisiones algorítmicas

Arts. 11, 39 y 41 CP; CPCA

Cuando una decisión administrativa automatizada vulnera derechos fundamentales — ya sea por sesgo algorítmico, opacidad en el proceso decisorio o ausencia de motivación — el afectado tiene derecho a impugnarla. El artículo 39 de la Constitución Política garantiza el debido proceso, y el artículo 136 de la LGAP exige la motivación de los actos administrativos, lo cual incluye la explicabilidad de las decisiones algorítmicas.

Litigamos impugnaciones constitucionales (recursos de amparo ante Sala IV) y contencioso-administrativas (demandas ante el TCA conforme al CPCA) contra decisiones algorítmicas que carezcan de transparencia, que discriminen o que vulneren el derecho a la tutela judicial efectiva.

Gobierno digital y Ley 9943

Ley N.° 9943

La Ley de la Agencia Nacional de Gobierno Digital (Ley N.° 9943, 2021) establece el marco institucional para la transformación digital del Estado. La Agencia coordina la implementación de servicios digitales, interoperabilidad de datos entre instituciones y estándares de ciberseguridad pública. La presión de la OCDE para modernizar PRODHAB y fortalecer la protección de datos acentúa la urgencia de cumplimiento.

Asesoramos a empresas de BPO, servicios compartidos, fintechs y healthtechs que procesan datos públicos en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley N.° 9943 y la Ley N.° 8968, y representamos ante PRODHAB en investigaciones por tratamiento indebido de datos.

Preguntas frecuentes sobre IA y protección de datos

¿Puede una institución pública tomar decisiones automatizadas con IA?

Sí, pero debe cumplir con los principios constitucionales de legalidad (art. 11 CP), debido proceso (art. 39 CP) y motivación del acto administrativo (art. 136 LGAP). Esto implica que la decisión algorítmica debe ser explicable, impugnable y no discriminatoria. La ENIA 2024-2027 promueve la implementación de IA en instituciones públicas, pero el marco constitucional vigente exige que toda decisión administrativa que afecte derechos tenga fundamento jurídico identificable y sea susceptible de control jurisdiccional.

¿Qué sanciones impone PRODHAB por incumplimiento?

La PRODHAB puede imponer sanciones que incluyen apercibimiento, suspensión de operaciones de tratamiento de datos y multas conforme a la Ley N.° 8968. Los procedimientos sancionatorios de PRODHAB son procedimientos administrativos sujetos a las garantías de la LGAP y susceptibles de impugnación ante el TCA. Corporación GC defiende a empresas e instituciones en estos procedimientos.

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Bufete de abogados especializado en Derecho Público, fundado por el Dr. Óscar Eduardo González Camacho, co-redactor del Código Procesal Contencioso Administrativo.

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